LOS CARTAMAGNISTAS Y LA AVENTURA GOLPISTA
El 25/10/2022, la Agencia Prens Perú, tuvo la gentileza de publicar mi artículo, el cual titulé: “Carta Magna a la cubana”. En mi columna, a manera de educar a tirios y troyanos, señalé, copio textualmente: “Sí, queda mucho por hacer, hermanos, empezando por el, apodo, sobrenombre o mote, que han impuesto a la Constitución Política Del Perú de 1.993 (CPP), publicada el 30/12/93, que, para vergüenza de todos los peruanos, unos ruines, resentidos y dueños de una torpe venganza, el 16/12/2001, ordenaron suprimir la firma del presidente Alberto Fujimori. Es el caso concreto que magistrados, abogados de toda laya, políticos verdaderos, que los hay, padrastros y niños de la patria, léase congresistas, con honrosas excepciones y qué decir de los “comunicadores sociales”, todos apodan a la Constitución Política Del Perú de 1.993 (CPP), como sinónimo y se refieren a ella como La Carta Magna.Vaya, vaya con estos hijos de la Pérfida Albión,expresión peyorativa, hostil y anglófoba para referirse a Inglaterra (Augustin Louis Marie de Ximénès ) (1726-1817) La “ Carta Magna”,carta magna de las libertades, no es un sinónimo de nuestra Constitución Política Del Perú de 1.993,(CPP) difiero de tal similitud, pues es más que evidente, que estamos en presencia de un evidente antónimo que a fuerza de generalizarlo, se pretende atribuir a la famosa “Carta Magna” inglesa, como sinónimo de la (CPP-1.993). La “Carta Magna” inglesa, no guarda ninguna similitud, sinonimia o relación lógica con la (CPP-1.993),salvando claro, su antecedente histórico. ¡De tal suerte que la “Carta Magna a la Cubana”, no pasará!”. Fin de la cita.
Reitero una vez más mi criterio, fundamentado en la exégesis jurídica, que no es otra, sino la interpretación exacta del significado de los textos jurídicos de una manera rigurosa, precisa y objetiva, y, pretender, machaconamente, es decir, repetir cual loros, con insistencia insoportable, el apodar a la Constitución Política Del Perú de 1.993,publicada el 30/12/93, como la CARTA MAGNA de los peruanos, es, por decir lo menos, una supina ignorancia, una necedad, que raya en un disparate, para ser comedido; es un sobrenombre o un alias. Un rotundo NO a los “cartamagnistas”, empezando por los constitucionalistas y abogados de toda laya., y, concluyendo con los formadores de la opinión pública, los más influyentes, los comunicadores sociales.
«El ultimo que salga que apague la luz», frase de los años 60 del siglo XX, nacida en el Uruguay, debido a su pésima situación económica, que generó la diáspora uruguaya de entonces. Ya lo señalé en mi columna anterior, que el último diputadito del aún vivo Congreso, apague la luz del edificio de la Plaza Bolívar, cuando el aprendiz de dictador, el aún presidente de los peruanos, Pedro Castillo Terrenos, mediante un ucase, semejante a los edictos de los zares de la antigua Rusia, que no eran sino decisiones autoritarias sin apelación; nuestro bolchevique, usando la fuerza de la sinrazón, decida cerrar el Congreso, utilizando la “bala de plata” heredada del Iracundo Aníbal Torres
Si no lo vacan, esta vaca loca chotana, vacará a los pusilánimes diputaditos, con honrosas excepciones. Hoy 01/12/2022, con 14 votos a favor y 8 en contra, emitidos en la Comisión de Constitución del Congreso, fue aprobada la Resolución Legislativa, incorporando un novísimo inciso (G) en el artículo 68 y el artículo 89-b, en el Reglamento del Congreso, para por fin, regular la suspensión del ejercicio de la Presidencia de la República, del filósofo chotano. La institución de la suspensión presidencial, está regulada en el inciso 1 del artículo 114 de la Constitución Política del Perú. *Un inciso es una subdivisión del texto principal en enumeraciones señaladas por letras, como en este caso, o números*¡NO A LA AVENTURA GOLPISTA!

