TRABAJADORES QUE LABOREN EL 1 DE MAYO RECIBIRÁN TRIPLE REMUNERACIÓN

El Gerente del el gerente del Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), Víctor Zavala, manifestó que los trabajadores que laboren el 1 de mayo, recibirán un monto equivalente a tres remuneraciones de su jornada.

Asimismo, manifestó que para que se cumpla con este derecho se pueden diversas situaciones como:

 De acuerdo al Decreto Legislativo 713 – Ley de Descansos Remunerados – la remuneración por el feriado del sábado 1 de mayo de 2021, Día del Trabajo, se percibe íntegramente y sin condición alguna, aun cuando el trabajador tenga inasistencias o tardanzas durante la semana.

Cuando el trabajador que labore el 1 de mayo, sin descanso posterior, recibirá tres remuneraciones: una por feriado y doble por haber la laborado en día feriado.

Cuando exista un acuerdo entre el empleador y el trabajador, para que en feriado este labore, con descanso posterior, ya no habrá pago adicional por haber asistido; pues, en este caso, el trabajador tendrá un día de descanso (pagado) con posterioridad.

Para quienes trabajan a destajo o comisiones, el pago es igual al salario promedio diario, que se calcula dividiendo entre 30 la suma total de las remuneraciones percibidas en los últimos 30 días consecutivos o no al 1 de mayo. Cuando el servidor no cuente con 30 días computables de trabajo, el promedio se calcula desde su fecha de ingreso.

También, precisó que el trabajador no está obligado a laborar durante el día feriado, ya que siempre tendrá derecho al pago del feriado obligatorio, sin laborar.

Como se recuerda, cada 1 de mayo se conmemora el Día Internacional del Trabajo, el cual es considerado como feriado a nivel nacional para los trabajadores del sector público y privado.