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La oficina de la Defensorรญa del Pueblo en Ayacucho demandรณ al Programa Regional de Irrigaciรณn y Desarrollo Rural Integrado (Prider) garantizar los derechos laborales una de las trabajadoras de esa instituciรณn, tras la queja de la misma, quien es reincorporada y quiso tomar sus vacaciones correspondientes al aรฑo 2020, sin obtener respuesta de la entidad.
Frente a estos hechos, la sede defensorial tomo cartas en el asunto, recordando a la instituciรณn que las vacaciones son remuneradas, obligatorias e irrenunciables, y se alcanzan despuรฉs de cumplir el ciclo laboral (Doce meses de trabajo efectivo).โHemos exigido que la jefatura de personal del Prider brinde una respuesta formal a la servidora civil, autorizando el ejercicio de su descanso anual, pues se venรญa vulnerando su derecho al descanso anual remunerado.
Ninguna relaciรณn laboral puede limitar, desconocer ni rebajar la dignidad de la trabajadora o trabajadorโ, seรฑalรณ David Pacheco-Villar, jefe de la oficina de la Defensorรญa del Pueblo en Ayacucho.

